La historia de los conflictos armados contemporáneos demuestra que la guerra no solamente destruye infraestructuras y Estados, sino que puede erosionar los fundamentos mismos de la dignidad humana. Entre los episodios más dramáticos del final del siglo XX destaca el sitio de Sarajevo (1992-1995), un acontecimiento que puso a prueba la eficacia del Derecho Internacional Humanitario (DIH), la capacidad de respuesta de la comunidad internacional y los límites de los mecanismos jurídicos destinados a proteger a la población civil.
Durante 1,425 días, la capital de Bosnia y Herzegovina permaneció rodeada por fuerzas serbobosnias, convirtiéndose en el asedio más prolongado de la historia contemporánea. Lejos de constituir únicamente una operación militar, el sitio representó una estrategia de terror urbano sistemático dirigida contra una población civil atrapada entre los objetivos políticos y militares de la guerra. La experiencia de Sarajevo se transformó posteriormente en un caso paradigmático para el desarrollo del Derecho Penal Internacional y para la consolidación de la responsabilidad penal individual de líderes políticos y mandos militares.
La República Federativa Socialista de Yugoslavia fue durante décadas un complejo Estado multinacional integrado por diversas identidades étnicas, religiosas y culturales. Bajo el liderazgo de Josip Broz Tito, las tensiones nacionalistas permanecieron contenidas mediante una combinación de federalismo, control político y equilibrio institucional.
Sin embargo, tras la muerte de Tito en 1980, la crisis económica y el debilitamiento de las instituciones federales favorecieron el ascenso de movimientos nacionalistas. La llegada de Slobodan Milošević al poder en Serbia impulsó una política centralizadora que generó resistencia en otras repúblicas yugoslavas.
La proclamación de independencia de Eslovenia y Croacia en 1991 aceleró la desintegración de la federación. Bosnia y Herzegovina quedó atrapada en una situación especialmente delicada debido a su composición multiétnica:
- Bosniacos
(44%)
- Serbios
de Bosnia (31%)
- Croatas
de Bosnia (17%)
La diversidad que durante décadas había constituido una
riqueza cultural terminó siendo instrumentalizada políticamente por proyectos
nacionalistas incompatibles.
STras el reconocimiento internacional de la independencia de Bosnia y Herzegovina el 5 de abril de 1992, las fuerzas serbobosnias, dirigidas militarmente por Ratko Mladić y apoyadas por estructuras militares procedentes del antiguo Ejército Popular Yugoslavo, rodearon Sarajevo.
Desde las colinas que dominaban la ciudad, las fuerzas
sitiadoras establecieron una red de posiciones artilleras y de francotiradores
que transformaron la vida cotidiana en un escenario permanente de
supervivencia.
Las características principales del asedio fueron:
1. Bombardeos sistemáticos
Se estima que diariamente impactaban cientos de proyectiles
sobre la ciudad. Hospitales, escuelas, mercados, viviendas y edificios
históricos fueron alcanzados reiteradamente.
Uno de los episodios más devastadores fue la destrucción de
la Biblioteca Nacional y Universitaria de Bosnia y Herzegovina, donde
desaparecieron millones de documentos y obras de valor histórico incalculable.
2. La “Avenida de los Francotiradores”
La denominada Sniper Alley se convirtió en símbolo de
la guerra moderna. Civiles que intentaban cruzar calles para obtener alimentos,
agua o asistencia médica eran blancos deliberados de disparos efectuados por
francotiradores.
La selección intencional de objetivos civiles convirtió el
simple acto de caminar por la ciudad en una actividad potencialmente mortal.
3. Las masacres de Markale
Los ataques contra el mercado Markale en 1994 y 1995
constituyen algunos de los ejemplos más evidentes de ataques indiscriminados
contra la población civil.
Las explosiones provocaron decenas de muertos y cientos de heridos, generando una fuerte condena internacional y acelerando la intervención de la OTAN.
- Bosniacos (musulmanes bosnios), Constituyendo aproximadamente el 44% de la población, representaban la mayoría relativa del territorio. Tradicionalmente desprovistos de un estatus nacional propio dentro de la nomenclatura de la Yugoslavia titina hasta su reconocimiento como "musulmanes en sentido nacional" en la década de 1960, experimentaron un fuerte despertar identitario a principios de los noventa.
- Serbios de Bosnia, Con cerca del 31% de la población, se concentraban mayoritariamente en las zonas fronterizas con Serbia y en regiones rurales del norte y el este. Mantenían fuertes vínculos culturales, políticos y religiosos con Belgrado.
- Croatas de Bosnia, Comprendiendo aproximadamente el 17% de la población, se asentaban primordialmente en la región de Herzegovina y en áreas del centro y norte del país, manteniendo una afinidad natural y política con las directrices emanadas desde Zagreb.
Esta estructura impedía la consolidación de un Estado-nación bajo los cánones tradicionales del nacionalismo europeo del siglo XX, ya que cualquier configuración política afectaba directamente las aspiraciones hegemónicas de los grupos colindantes.
Derecho Internacional Humanitario: normas que fueron
ignoradas
Desde una perspectiva jurídica, el sitio de Sarajevo
representó una violación grave de los principios fundamentales del Derecho
Internacional Humanitario.
Los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos
Adicionales establecen obligaciones precisas para las partes en conflicto.
Principio de distinción
Los combatientes deben diferenciar permanentemente entre
objetivos militares y población civil.
En Sarajevo esta obligación fue quebrantada de forma
reiterada mediante ataques dirigidos contra:
- Mercados.
- Hospitales.
- Escuelas.
- Viviendas.
- Sistemas
de transporte público.
Principio de proporcionalidad
Incluso cuando existe un objetivo militar legítimo, los
daños colaterales sobre civiles no pueden ser excesivos respecto de la ventaja
militar esperada.
Los bombardeos indiscriminados sobre zonas densamente
pobladas evidenciaron una vulneración sistemática de este principio.
Prohibición del terror contra la población civil
El Derecho Internacional Humanitario prohíbe expresamente
utilizar el terror como método de guerra.
La estrategia de francotiradores, los bombardeos constantes
y la privación deliberada de bienes esenciales tuvieron precisamente la
finalidad de generar miedo, desesperación y sometimiento psicológico entre los
habitantes de Sarajevo.
¿Crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad?
Una de las contribuciones más importantes de la
jurisprudencia internacional fue demostrar que los hechos ocurridos en Sarajevo
no podían ser interpretados exclusivamente como crímenes de guerra.
Crímenes de guerra
Son violaciones graves de las normas aplicables durante un
conflicto armado.
Entre ellas se encuentran:
- Ataques
contra civiles.
- Destrucción
injustificada de bienes protegidos.
- Tortura.
- Tratos
inhumanos.
Crímenes de lesa humanidad
Requieren la existencia de un ataque generalizado o
sistemático contra una población civil.
No basta con actos aislados de violencia.
Lo que caracteriza a los hechos ocurridos en Sarajevo es
precisamente su naturaleza permanente, coordinada y organizada.
Las conductas observadas incluyeron:
- Asesinatos
masivos.
- Persecución
por motivos étnicos y religiosos.
- Privación
deliberada de agua, alimentos y electricidad.
- Hostigamiento
psicológico permanente.
- Desplazamientos
forzados.
Por ello, numerosos actos cometidos durante el sitio fueron
calificados jurídicamente como crímenes de lesa humanidad.
El Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia
La incapacidad de los mecanismos diplomáticos para detener
las atrocidades llevó al Consejo de Seguridad de la ONU a crear, mediante la
Resolución 827 de 1993, el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia
(TPIY).
Este tribunal constituyó el primer órgano penal
internacional desde Núremberg y Tokio.
Su competencia incluyó:
- Violaciones
graves de los Convenios de Ginebra.
- Violaciones
de las leyes y costumbres de guerra.
- Genocidio.
- Crímenes
de lesa humanidad.
La creación del TPIY marcó un punto de inflexión histórico porque reafirmó que los responsables de atrocidades internacionales podían ser procesados independientemente de su rango político o militar.
Dos sentencias fundamentales
Stanislav Galić
Como comandante del Cuerpo Sarajevo-Romanija del Ejército de
la República Srpska, Galić dirigió gran parte de la campaña de bombardeos y
francotiradores.
El TPIY concluyó que existió una estrategia deliberada
destinada a sembrar terror entre la población civil.
La condena a cadena perpetua estableció un precedente
histórico: el uso sistemático del terror urbano puede constituir
simultáneamente un crimen de guerra y un crimen de lesa humanidad.
Radovan Karadžić
Karadžić, líder político de la República Srpska, fue
considerado uno de los principales arquitectos de la política de limpieza
étnica.
El tribunal determinó que participó en una Empresa Criminal
Conjunta orientada a perseguir y expulsar poblaciones no serbias.
Su condena a cadena perpetua consolidó la idea de que los líderes políticos también pueden ser penalmente responsables aunque no ejecuten personalmente los actos criminales.
La doctrina de la responsabilidad penal individual
Uno de los mayores aportes del TPIY fue fortalecer el
principio de responsabilidad penal individual.
La defensa tradicional basada en la obediencia debida o en
la distancia jerárquica perdió fuerza frente a la evidencia de que muchos
crímenes eran resultado de planes organizados desde las más altas estructuras
de poder.
La doctrina de la Empresa Criminal Conjunta (Joint Criminal Enterprise) permitió atribuir responsabilidad a quienes diseñaron, coordinaron o facilitaron políticas criminales, incluso cuando no participaron físicamente en su ejecución.
El legado de Sarajevo para el Derecho Internacional
Las lecciones jurídicas derivadas del sitio de Sarajevo
siguen teniendo enorme relevancia para el análisis de los conflictos
contemporáneos.
Entre sus principales aportaciones destacan:
Consolidación de la Corte Penal Internacional
La experiencia del TPIY sirvió de antecedente directo para
la aprobación del Estatuto de Roma de 1998 y la creación de la Corte Penal
Internacional.
Evolución de los crímenes de lesa humanidad
Los tribunales ampliaron la comprensión de la persecución
sistemática, el terror urbano y la privación de bienes esenciales como formas
de criminalidad internacional.
Fin de la impunidad de los líderes políticos
Los casos Karadžić, Mladić y otros responsables demostraron
que la posición política o militar no constituye un escudo frente a la justicia
internacional.
Fortalecimiento del Derecho Internacional Humanitario
Sarajevo reafirmó que la protección de la población civil debe permanecer como núcleo esencial de cualquier sistema jurídico aplicable a los conflictos armados.
Reflexión final
Sarajevo representa una de las mayores tragedias
humanitarias de la Europa contemporánea. Sin embargo, también constituye un
parteaguas en la evolución del Derecho Internacional Público y del Derecho
Penal Internacional. El sufrimiento de miles de víctimas impulsó la creación de
mecanismos judiciales capaces de perseguir la responsabilidad individual de
quienes utilizaron el terror como instrumento político y militar.
A más de tres décadas del inicio del asedio, Sarajevo continúa siendo una advertencia para la comunidad internacional: la existencia de normas jurídicas es insuficiente si no van acompañadas de voluntad política, mecanismos efectivos de prevención y tribunales capaces de aplicar justicia. La verdadera relevancia de este caso radica en haber demostrado que incluso en medio de la barbarie es posible construir precedentes jurídicos orientados a proteger la dignidad humana y fortalecer la lucha global contra la impunidad.
Bibliografía
- Cassese, Antonio. International
Criminal Law. Oxford University Press, 2013.
- Cryer, Robert; Friman, Håkan;
Robinson, Darryl; Wilmshurst, Elizabeth. An Introduction to
International Criminal Law and Procedure. Cambridge University Press,
2019.
- Schabas, William A. The
International Criminal Court: A Commentary on the Rome Statute. Oxford
University Press, 2016.
- Shaw, Malcolm N. International
Law. Cambridge University Press, 2021.
- Tribunal
Penal Internacional para la ex Yugoslavia (ICTY). Prosecutor v. Stanislav Galić, Case No. IT-98-29-A,
Appeals Judgment, 30 November 2006.
- Tribunal
Penal Internacional para la ex Yugoslavia (ICTY). Prosecutor v. Radovan Karadžić, Case No. IT-95-5/18-T,
Judgment, 24 March 2016.
- Organización
de las Naciones Unidas. Resolución 827 (1993) del Consejo de Seguridad.
- Convenios
de Ginebra de 1949 y Protocolos Adicionales de 1977.
- Convención
para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, 1948.
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, 1998.